miércoles, 16 de septiembre de 2015

Fases de la Planificación Venezolana

La Construcción del Plan: 
Se entiende por Construcción, la definición en un Plan de una o varias imágenes-objetivos, partiendo de terminadas condiciones iniciales y estableciendo las trayectorias que conduzcan de las condiciones iniciales a la imagen objetivo. 
  • La imagen-objetivo es el conjunto de proposiciones deseables a futuro para un periodo determinado, elaborado por los órganos de planificación. 
  • Las condiciones iniciales son un conjunto de características de la realidad del país al momento de la planificación.
  • La trayectoria es la vía de transición de las condiciones iniciales a la imagen objetivo.




La Viabilidad:
Los planes poseen viabilidad socio-político, económico-financiero y técnica. 
  • Un Plan tiene viabilidad socio-política cuando cuenta con el apoyo y la participación de los sectores sociales.
  • Un Plan tiene viabilidad económica-financiera cuando cuenta con suficientes recursos humanos y financieros. 
  • Un Plan tiene viabilidad técnica cuando se elaboran, ejecutan y evalúan con el suficiente conocimiento instrumental.


La Perfectibilidad:
La perfectibilidad de la planificación supone: 
  • Evaluar sus resultados: La evaluación de los resultados es la valoración que realizan los órganos de planificación, que les permite comprobar el cumplimiento de los objetivos y las metas establecidas en el Plan.
  • Controlar socialmente su desempeño: El control social es la participación de los sectores sociales en la supervisión y evaluación del cumplimento de las acciones planificadas, y la proposición de correctivos, cuando se estimen necesarios.
  • Hacer seguimiento a la trayectoria: El seguimiento de la trayectoria es la potestad de los órganos de planificación de evaluar si las acciones implementadas conducen al logro de los objetivos y las metas establecidos en el plan, o si aquellas deben ser modificadas. 
  • Realizar la medición de los impactos: Se entiende por la medición del impacto de las acciones de la planificación, conocer sus efectos en el logro de la imagen objetivo.
  

¿Qué relación tiene el Presupuesto con la Planificación?

La Planificación y el Presupuesto son dos conceptos totalmente interrelacionados que jamás podrán existir el uno sin el otro; son actividades propias de los Países, de los Estados, de los Municipios, de las Organizaciones sea cual fuere su Naturaleza, de la Sociedad, de las familias y del hombre como tal. Sus existencias son tan exactamente iguales que solamente las diferencia el que la Planificación tiene por obligación que nacer y luego tiene que parir al Presupuesto, por cuanto este viene a ser el hijo de lo que se haya discutido previamente.
Cuando se habla del carácter de integridad de la técnica financiera del Presupuesto, se está hablando de que este instrumento, de que esta herramienta no es solamente un papel que ejecutan los administradores, sino que su existencia va más allá, porque el significa un instrumento claro y demostrativo del sistema de Planificación.

Igualmente la Planificación y el Presupuesto, son quienes posibilitan la existencia del Plan Operativo Anual que está igualmente concebido como una serie de políticas que prevén lo que se debe planificar y presupuestar. Pareciera contradictoria la anterior frase pero es que en la realidad y quienes han estado en el ejercicio de la Administración Pública, conocen de que tanto la Planificación, el Presupuesto y el Plan Operativo Anual, corren al unísono y van en persecución de una misma meta, y sus fines se van a lograr conforme a la recta aplicación de lo que se ha concebido.

Si bien es cierto que en Venezuela hemos posibilitado la existencia de una discusión abierta del Presupuesto y una actividad participativa importante, destacada y meritoria del pueblo a través de la expresión social de los Consejos Comunales, al final de la ejecución de todas estas tareas corresponde a los planificadores conjuntamente con los ejecutantes determinar el alcance y el éxito de todas las metas que fueron planteadas. Son los planificadores quienes tienen bajo su condición la evaluación de lo anteriormente explicado y de ahí nuevamente, iniciar la concepción de las nuevas líneas a plantearse para los ejercicios siguientes conforme al éxito logrado en la ejecución del ejercicio anterior.

La Planificación es la madre y el Presupuesto es el hijo, ambos son la expresión clara de que su existencia camina en plena conjunción y unidad ya que sus vidas son exactamente correspondientes la una (Planificación) del otro (Presupuesto).



Normas que Regulan la Planificación en Venezuela

La base legal referida a la creación, integrantes, actuación, y definición del Consejo Local de Planificación Pública, se enmarca en:
  1. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Titulo IV del Poder Público, Capitulo IV del Poder Público Municipal, Artículo 182. 
     

  2. El Decreto No. 1.528 con Fuerza de Ley Orgánica de Planificación, Título III, Instancias de Coordinación y Formulación en la Planificación, Capitulo II, Instancias Regionales, Estadales y Municipales, Artículo 26.
  3. La Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública. Capitulo I, Principios Fundamentales, Artículo 2.
A partir de la revisión documental del marco legal, se concibe el Consejo Local de Planificación Pública 8CLPP9, como la Instancia de participación ciudadana, encargada del proceso de formulación , seguimiento, control y evaluación de los planes de desarrollo municipales, garantizados así, resultados dirigidos al desarrollo del espacio geopolítico en función de la prosperidad económica y el bienestar social de su población.

Organismos que participan en la Planificación Venezolana

Nivel Central: Conformado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, representando la suprema autoridad o instancia de decisión política del sistema. A diferencia del nivel técnico administrativo, representado por CORDIPLAN; que tiene como función fundamental asistir en materia de planificación al Presidente de la República y al Consejo de Ministros. Expresamente le corresponde coordinar, promover, orientar y compatibilizar, en las distintas instancias del sistema, el proceso de formulación de los planes de largo, mediano y corto plazo. Además, se cuenta con otras oficinas de apoyo adscritas a la Presidencia de la República, como son: La Oficina Central de Estadística e Informática (OCEI) y la Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), las cuales actúan interrelacionadamente, de acuerdo a suscompetencias.


Nivel Sectorial: Este nivel se incorpora formalmente al sistema de planificación a partir de 1971, de acuerdo a lo pautado en el Reglamento del Estatuto Orgánico de Ministerios, donde se establece las Direcciones de Planificación y Presupuesto en todos los Ministerios, con expresas funciones como órganos sectoriales de planificación, pero sin estar vinculados funcionalmente a CORDIPLAN. Este nivel está sujeto a modificaciones periódicas, que se relacionan con reformas que de tiempo en tiempo se producen en la Administración Central.

Nivel Regional: Este nivel fue considerado importante en el proceso de planificación por su relevante contribución al proceso de desarrollo nacional. Por ello, en el Decreto de creación de CORDIPLAN se estimula la representación de los organismos regionales, que aparecen progresivamente en la década del 60 como las Corporaciones de Desarrollo Regional, y también la atención al tratamiento de la realidad físico – espacial del país, pues es evidente la necesidad de definir áreas especiales de acción por parte del Estado, para coordinar la intervención de los distintos entes oficiales. En 1969, se promulga el Decreto 72, donde se define por primera vez un sistema de regiones del país, el cual es revisado y ajustado en ocasiones sucesivas tanto en lo que respecta a los límites regionales, como a los organismos y mecanismos para operar la planificación regional.

Los cambios que ha generado el proceso de descentralización en el aparato gubernamental trajo consigo la revisión del concepto de región en el ámbito de la planificación. Sobre el particular, la Comisión para la Reforma del Estado (COPRE) sugiere que en la planificación del desarrollo, la región como concepto debe estar referida a los ámbitos espaciales de los estados y los municipios.
Nivel Estadal: Tiene su fundamento en la Ley de descentralización, delimitación y transferencias de competencias de los poderes públicos y la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio. La Ley de Descentralización en su artículo 4, Capítulo 2, señala que serán transferidos a los estados, entre otros servicios tradicionalmente prestados por el Nivel Central, la planificación, coordinación y promoción del desarrollo integral, de conformidad con las leyes nacionales de la materia. En consecuencia, la ley prevé la participación y responsabilidad de las gobernaciones de Estado en la elaboración del Plan de Desarrollo del Estado y el Plan Operativo Anual.

¿Qué es el Sistema de Planificación Público Venezolano?


El Sistema Nacional de Planificación de Venezuela tiene entre sus objetivos contribuir a la optimización de los procesos de definición, formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en cada uno de sus niveles, a la efectividad, eficacia y eficiencia en el empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación del país, a través de una justa distribución de la riqueza, mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta, para el logro de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
El Sistema Nacional de Planificación está integrado por el Consejo Federal de Gobierno; los consejos de planificación y coordinación de políticas públicas de cada Estado; los consejos locales de planificación pública de cada municipio; los consejos de planificación comunal y los consejos comunales.

Para entender el propósito, objetivos, características y fundamentos del sistema de planificación pública en Venezuela hacemos referencia a artículos contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999 donde establece:
  • Artículo 300: La ley nacional establecerá las condiciones para la creación de entidades funcionalmente descentralizadas para la realización de actividades sociales o empresariales, con el objeto de asegurar la razonable productividad económica y social de los recursos públicos que en ellas se inviertan.
  • Artículo 311: La gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base en principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. Esta debe equilibrarse en el marco plurianual del presupuesto, de manera que los ingresos ordinarios deben ser suficientes para cubrir los gastos ordinarios. El Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional para su sanción legal un marco plurianual para la formulación presupuestaria que establezca los límites máximos de gasto y endeudamiento que hayan de contemplarse en los presupuestos nacionales. La ley establecerá las características de este marco, los requisitos para su modificación y los términos de su cumplimiento.

¿Qué es la Planificación?


Antes de comenzar a hablar sobre la Planificación en Venezuela es importante definir lo que es este concepto tan amplio y de tanta importancia en todos los niveles y aspectos de la vida.
La planificación es un método que permite ejecutar planes de forma directa, los cuales serán realizados y supervisados en función del cumplimiento de los mismos. Una planificación se lleva a cabo en todas las organizaciones, ya sean escolares, políticas, religiosas, armadas o empresariales, inclusive en la vida familiar, ya que todos estos grupos tienen sus propias metas, objetivos y por ende líderes que llevan la batuta en cuanto a la ejecución de las actividades.


Winborg Jiménez Castro, (1995) la define como: “…el proceso administrativo de escoger y realizar los mejores métodos para satisfacer las determinaciones políticas y lograr los objetivos”. Es decir, toda actividad que debe planificarse antes de ejecutarse, concebida como una manera de ver hacia el horizonte, hacia adelante, hacia lo que se tiene que hacer. Todo lo que nosotros hagamos, en alguna medida, implicará la reacción de algo o de alguien.